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La ordenanza de civismo y convivencia de Salou se adapta a los nuevos tiempos

La nueva normativa sanciona con 400 euros bañarse con bandera roja.



Salou. Costa Dorada. 01 marzo 2018. Las nuevas circunstancias sociales en relación a actitudes y situaciones que han aparecido en los dos últimos años han aconsejado actualizar la ordenanza de civismo y convivencia del municipio de Salou. Las nuevas normas, que mejoran y modifican su aplicación, afectan esencialmente a las playas, el medioambiente o el comercio de la ciudad.

Habiendo transcurrido dos años desde su entrada en vigor y, a pesar de haber sido modificada anteriormente se han detectado algunas carencias en el redactado producidas básicamente por nuevas actitudes, situaciones y circunstancias, como explicaba el concejal de Seguridad Ciudadana y Movilidad, David González . En este sentido, se quiere agrupar en un mismo texto infracciones tipificadas en diversas normativas municipales de áreas como pueden ser las de comercio, medio ambiente o playas para agilizar el procedimiento sancionador y optimizar los recursos de los que dispone la administración y conseguir una mejor eficiencia. "Estamos ante unas modificaciones que se han tratado de manera transversal con los departamentos y que hemos consensuado y también hemos incorporado un proceso participativo ciudadano que ha recogido peticiones de la población", apuntaba.

400 euros por bañarse con bandera roja

En cuestiones relativas a las normas de conducta: en este artículo que pretende garantizar el cumplimiento de las obligaciones de respeto y descanso de los vecinos evitando que se altere la pacífica convivencia se incluyen modificaciones en cuanto a playas o comercios. Por un lado, se recoge en cuanto a la protección del uso correcto de las playas y de los espacios naturales y litorales la normativa recoge también que estará tipificado como falta muy grave y tendrá una sanción de 400 euros no respetar la prohibición de bañarse en la playa cuando haya bandera roja, así como el hecho de realizar cualquier actividad lúdica o de recreo (tal como el alquiler de motos de agua, patines ...).

Además, a raíz del proceso de participación ciudadana se ha recogido una propuesta relativa al consumo de bebidas alcohólicas en vía pública que exceptúa la prohibición en los espacios expresamente autorizados para tal fin como terrazas y veladores, o en espacios destinados a la celebración de fiestas populares, ferias o similares.

Otros aspectos que tiene en cuenta sobre la degradación visual del entorno, entre otros artículos que incorporan encontramos en el artículo 10 una serie de normas que hacen referencia al tratamiento de residuos y basuras que prohíben, entre otros aspectos, utilizar por parte de los establecimientos comerciales los contenedores de recogida selectiva de papel y cartón de la calle y / o no dejar bien doblado, apilado; tirar / depositar basura en lugares públicos o fuera de los contenedores y papeleras tal efectos según la normativa reguladora.

También se tipifica a la ordenanza que la suciedad, mala conservación o abandono del patrimonio privado que provoquen una degradación visual del entorno, en especial habrá que mantener en buen estado las instalaciones y toldos; o también se prohíbe colgar objetos en el interior de los cerramientos y / o toldos, entre otras normas relativas a la mejora del aspecto comercial.

En cuanto a los animales también se incluye un apartado relativo a la alimentación de los animales en la vía pública, los espacios públicos y / o portales, ventanas, terrazas y balcones sin la autorización municipal, dado que se está trabajando con las asociaciones animalistas del municipio y siempre haciendo referencia a la ordenanza vigente de tenencia de animales de compañía.





Etiquetas: salou, costa dorada, civismo
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